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Nuevo SUGA para la cultura, la recreación y el deporte en Bogotá

SUGA, el mecanismo para el registro, evaluación y autorización de actividades de aglomeraciones de público en Bogotá, acaba de ser actualizado.

La Administración Distrital, sancionó el Decreto 470 de 2021, con el cual, el Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital, SUGA, modifica el Decreto Distrital 599 de 2013, en lo relacionado con eventos culturales, recreativos y deportivos.

De esta manera, SUGA se actualiza y mejora para simplificar los trámites, reconocer y dar un tratamiento de igualdad a todos los escenarios, y armonizar la seguridad física y humana de los asistentes a eventos masivos. Fue el resultado de un trabajo entre la administración e instancias de articulación y gremios, como el Clúster de Música de la Cámara de Comercio de Bogotá y Acocine.

Desde las instalaciones del Movistar Arena, la alcaldesa Mayor de Bogotá, Claudia López, comentó: “Creo que la esencia de las modificaciones tiene una filosofía y es confiar en nosotros, en los servidores públicos, en la prevención de riesgos en los eventos; confiar en que los empresarios y emprendedores del entretenimiento”.

Esta modificación se logró gracias a la articulación intersectorial de las entidades del Distrito. El nuevo decreto reconoce y da un tratamiento de igualdad a los escenarios dedicados a las artes escénicas y la exhibición cinematográfica en Bogotá y busca armonizar la seguridad física y humana de los asistentes y artistas, con el fomento de la oferta cultural, recreativa y deportiva.

De la misma manera, la Alcaldesa señaló: “Este año que estamos reactivando la ciudad podemos cumplir para potenciar el sector entretenimiento, hacer trámites más simples, sencillos, basados en normas y reglas básicas, basados en la confianza de ciudadanos decentes que quieren hacer sus eventos para salir adelante”, sostuvo.

Nicolás Montero, secretario de Cultura, Recreación y Deporte, comentó que: “Tener más facilidades para tramitar el permiso SUGA, hace que la cultura y el entretenimiento puedan llegar al territorio, a todos los ciudadanos, y que más empresarios quieran hacer eventos en Bogotá”.

Con esta actualización se beneficiarán:

Bogotá tenía trámites engorrosos, frecuentes y múltiples requisitos para la realización eventos culturales, recreativos y deportivos, con altos costos de transacción para los organizadores y carga administrativa elevada para la Alcaldía. Por eso, esta es una medida normativa con alta relevancia, porque soluciona un tema estructural, que la ciudad estaba esperando hace cerca de 10 años, además de que genera equidad para el sector cultural, promueve la reactivación y favorece la competitividad de la ciudad.

Así, Bogotá se convierte en la primera ciudad en dar cumplimiento cabal al Decreto ley 2106 de 2019 y el Decreto nacional 1276 de 2020, en lo referente a simplificación de trámites y requisitos para espectáculos públicos de las artes escénicas.

Medidas de la actualización del SUGA

Para solicitar permisos para eventos masivos, todo operador, público o privado, debe diligenciar el formato del SUGA. Ahora, con el Decreto 470 de 2021, se recogieron las apreciaciones de los usuarios, y se realizaron las siguientes mejoras:

Reconocimiento de escenarios culturales: La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y el Instituto Distrital para las Artes, Idartes, reconocerán los escenarios culturales dedicados a las artes escénicas en la ciudad. Estos escenarios realizarán un registro anual de información y documentación sobre condiciones de seguridad en la plataforma SUGA, pero No tendrán que tramitar permisos previos para sus eventos, funciones o temporadas.

Simplificación de autorizaciones: Los eventos de artes escénicas que no se realicen en escenarios distintos a los reconocidos como culturales (parques, estadios, restaurantes, entre otros), tramitarán una autorizacióncon una línea de tiempo abreviada de nueve días hábiles (antes eran 15) y un menor número de conceptos (cuatro en todos los casos y tres opcionales según ciertas condiciones).

▪ Creación del Subcomité de Eventos Culturales, Recreativos y Deportivos, una instancia dentro del Comité SUGA, encargada de la revisión de este tipo de eventos. Sesionará dos veces por semana y podrá invitar a los productores u organizadores cuando se requiera, para brindar una orientación integral y más cercana.

Escenarios públicos para el deporte y la recreación: Contarán con una autorización de un año para la realización de actividades de esta naturaleza en sus instalaciones. Con excepción de los partidos de fútbol profesional, que no son objeto de regulación en este decreto.

▪ Eventos de artes escénicas en parques y escenarios deportivos: Ya no tendrán restricciones de cantidad y duración. El administrador del escenario definirá estos aspectos, dando prelación al calendario deportivo.

De esta forma, se reconoce una administración que vela por garantizar los derechos culturales, sociales y económicos, además de simplificar trámites y requisitos en

cumplimiento de la normativa nacional. Igualmente, se da tratamiento equitativo a los espacios dedicados a la cultura, la recreación y el deporte.

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